Hola de nuevo,
Como cada jueves, os traigo un tema sobre las dudas y consultas que me
realizan a diario nuestros clientes. Hoy os comentaré algunas cosas sobre el
contrato de alquiler. Comenzamos:
1ª
¿Qué puntos son los principales del contrato?
Las partes pueden pactar el plazo de
alquiler que quieran. No obstante, si ese tiempo es menor de cinco años, el
contrato se verá prorrogado hasta
este último plazo (en caso de que el propietario sea persona jurídica, hasta
los siete años) a petición del inquilino. La duración de los contratos estadar
es de 5 años + 3 de prórroga.
En el contrato debe constar la renta
mensual a abonar, el tipo de pago mediante la que se va a pagar (transferencia periódica,
pago en efectivo…). Así mismo, las subidas anuales no pueden superar el Índice de Precios al Consumo.
La fianza legal arrendaticia, deberá ser depositada
en la cámara de la propiedad, así como se deberá liquidar el pago del ITP a 0
en la misma cámara de la propiedad. Tras estos pasos, tanto al propietario como
al inquilino se les debe entregar la siguiente documentación:
-
Modelo 2 de ingreso de fianza
-
Factura de la liquidación a 0 del
ITP pagado por los inquilinos
-
Modelo 600 correspondiente a la
anterior liquidación de ITP a 0.
-
Contrato sellado por la cámara de
la propiedad.
También es importante que figure en el
contrato quien se hace cargo de los diferentes gastos:
Posibles reparaciones, tema caldera, pago de los distintos tributos… etc. En otra entrada os detallaré mejor que corresponde a cada parte.
2º ¿Qué es y que cubre el seguro de protección del alquiler?
¿CÓMO FUNCIONA?:Son los encargados de valorar el riesgo y la solvencia de los futuros inquilinos. Por nuestra parte hay que solicitar la siguiente documentación al inquilino, para que puedan valorar el riesgo
-
DNI de todos los titulares
-
Contrato laboral,
-
2 últimas nominas
Ejemplo
calculo de coste: en este caso era un cliente que fue aprobado al riesgo más
bajo (3%) por lo que, teniendo en cuenta que el precio mensual en este caso era
de 525.-€/mes el coste anual de la póliza sería de: 525.-€ x 12 meses=
6300.-€/año x 3% de riesgo= 189.-€
PRECIO ANUAL DE LA PÓLIZA
¿Y ESTE SEGURO QUE CUBRE?
C-
Daños por actos vandálicos.
Reparamos
daños por actos vandálicos en su inmueble alquilado hasta 3.000 €, desde el
primer euro y sin franquicias.
Estas
coberturas se pueden ampliar con las siguientes:
-
Quitar el primer mes de carencia
-
Ampliar los daños vandálicos de 3.000.-€ a 6.000.-€
-
Cobertura de los suministros en caso de impagos o de retirada de los contadores
WhatsApp: 645.712.483
Email: [email protected]
¡Hasta la semana que viene!
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